miércoles, 29 de noviembre de 2017

Colegio Odontotógico realizó un plantón en la SUNEDU

No a la sobrepoblación de cirujanos dentistas, no más facultades de odontología, fueron las arengas de los directivos del colegio odontológico del Perú, el día de ayer en el frontis de la SUNEDU.

CIFRAS:
Existen más de 70 facultades.
Solo 5 facultades están acreditadas.
1 sola universidad tienes 30 facultades.
Existen 43 mil cirujanos dentistas.
Sólo se necesita 16 mil dentistas.
60% son subempleados.
40% ganas más de S/ 1500.
5% no trabaja como dentista.


martes, 28 de noviembre de 2017

La UNI es la quinta universidad pública que obtiene su licenciamiento

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) otorgó a la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) la licencia de funcionamiento institucional, autorización que la convierte en la quinta universidad pública que culmina con éxito el procedimiento de licenciamiento. 
La SUNEDU corroboró que la UNI ofrece servicios educativos que cumplen las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) que exige la Ley Universitaria, compromiso que beneficia a sus más de 12 mil estudiantes que participan de los 75 programas que ofrece dicha casa de estudios: 28 de pregrado, 41 maestrías y 6 doctorados, además de 13 segundas especialidades. 
“Es un día muy importante para el sistema universitario peruano. El licenciamiento de la Universidad Nacional de Ingeniería, con sus 141 años de experiencia, es un claro reflejo de la voluntad de sus autoridades de mejorar la calidad universitaria y demostrar que cumplen con condiciones básicas, en beneficio de nuestros jóvenes. Sabemos que el camino del licenciamiento exige esfuerzo, dedicación y compromiso con la calidad, por eso para la SUNEDU es muy gratificante licenciar a una de las universidades emblemáticas de nuestro país” precisó la titular de la SUNEDU, Lorena Masías. 
Entre las fortalezas que llevaron a la UNI a obtener el licenciamiento destaca su permanente aporte a la investigación. Posee 7 institutos creados para este fin: Instituto General de Investigación, Centro de Tecnologías de Información y Comunicaciones, Instituto de Matemática y Ciencias Afines, Laboratorio Nacional de Hidráulica, Centro de Investigaciones Sísmicas y Mitigación de Desastres, Centro de Energías Renovables y el Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones. 
En este sentido, la superintendenta destacó el importante aporte de la Universidad Nacional de Ingeniería a la investigación académica. “Durante el 2017, la universidad destinó más de 18 millones de soles para la ejecución de proyectos de investigación, siendo el 37% de este presupuesto proveniente de recursos propios, lo que demuestra el importante lugar que la investigación ocupa en esta casa de estudios”, señaló. 
La Superintendencia también constató que la UNI cuenta con 1139 profesionales calificados para la enseñanza, de los cuales 60% ejerce la docencia a tiempo completo y 44% tiene grados de maestro y/o doctor. 
La universidad se destaca, además, por poseer 105 laboratorios implementados en sus 4 locales, con una óptima infraestructura para realizar investigación científica, desarrollo, innovación y transferencia tecnológica. Los programas con mayor demanda son Ingeniería Civil, Arquitectura e Ingeniería de Sistemas. 
De este modo, la SUNEDU saluda a la Universidad Nacional de Ingeniería, que se convierte en la vigésima tercera casa de estudios en obtener el licenciamiento. Asimismo, invoca a todas universidades a comprometerse con el cumplimiento de las CBC, especialmente las universidades públicas del país, para alcanzar el licenciamiento institucional, que promueve el ordenamiento y calidad del sistema educativo superior en el Perú. 

UNI, Ciencia y Tecnología al servicio del País 

La Universidad Nacional de Ingeniería es una institución educativa que fue fundada en 1876 por el ingeniero polaco Eduardo de Habich, con la denominación de Escuela Especial de Construcciones Civiles y de Minas del Perú, conocida tradicionalmente como Escuela de Ingeniero y convertida en universidad en 1955. 
Actualmente es el primer y principal centro de formación de ingenieros, arquitectos y científicos de nuestro país. Posteriormente, la UNI enriqueció su propuesta educativa con las especialidades de Ingeniería de Minas e Ingeniería Civil respondiendo a las necesidades de nuestro país. 
La Universidad Nacional de Ingeniería, desde su creación, mantiene el compromiso de contribuir a formar personas capaces de sentir, valorar, interpretar y transformar la sociedad peruana. 

Lima, 28 de noviembre del 2017 

Fuente: SUNEDU

S/ 1’932,215.27 para la campaña "LA TÍA BRAVA DE LOS UNIVERSITARIOS"




lunes, 27 de noviembre de 2017

Ingeniería Aeronáutica: ¿Cuál será la primera universidad nacional en el Perú que lo enseñará?

El rector de la universidad adelanta que se ha conversado con coreanos y chinos sobre esta especialidad, quienes brindaría la asesoría y los recursos para el funcionamiento.

La Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) planea abrir la carrera de Ingeniería Aeronáutica, con lo que sería el primer centro de estudios del país en impartir dichos estudios, adelantó el rector de esa casa de estudios, Jorge Alva Hurtado.
“Esta nueva especialidad se abriría a través de la Facultad de Ingeniería Mecánica. Nos interesa mucho esta nueva carrera en tanto nuestro país necesita de aviones, de mejorar toda la maquinaria y realizar controles periódicos, lo que se denomina overhaul (revisión) de todo lo que tenemos”, adelantó el rector.
Exámenes de vuelo 
En declaraciones a la agencia Andina, Jorge Alva comentó que los pilotos de aviones pasan todos los años un examen, que bien podría realizarse bajo la supervisión de expertos de la UNI, una vez que entre en funciones esta nueva carrera.

“Los pilotos pasan un examen anual, quisiéramos que se haga aquí, en una capsula especial, un simulador de vuelos, por ejemplo. Hemos empezado a conversar con coreanos y chinos sobre este tema. Ellos nos darían la asesoría y los recursos para ponerlo en funcionamiento”, dijo.
Mencionó que están atentos al proceso de consolidación de las ofertas realizadas por los países asiáticos a fin de analizar el mejor momento para lanzar la carrera, debido a que se trata de una especialidad muy costosa por los equipos con los que se trabaja, todos muy delicados y que sin duda deberán importarse.
“Esta sería la primera en el Perú. Vamos a trabajar en esta idea sin perder de vista que se trata de un proceso largo, tal vez para el bicentenario, pero ya estamos pensando en ella”, sostuvo el rector.
Fuente: Gestión

viernes, 24 de noviembre de 2017

Aldo Corzo recibe beca de estudios tras clasificación a Rusia 2018

Aldo Corzo, lateral de la selección peruana y Universitario de Deportes, ha recibido ya varios homenajes post clasificación a Rusia 2018. El último de ellos, se dio por parte de la Universidad San Ignacio de Loyola, en la que reconocieron el trabajo del defensor nacional con nada más y nada menos que una beca completa de estudios.
 


"Gracias al Presidente Fundador de la Universidad San Ignacio de Loyola, Raul Diez Canseco, por el reconocimiento y la entrega de la beca para poder acabar mi carrera #conFE #graciasUSIL #mevolveranaverenclase #elmaso #graciasDiosyVirgen", se lee en el Twitter de Aldo Corzo.

Fuente: Latina

jueves, 23 de noviembre de 2017

Dr. Oswaldo Grados: Por un Perú libre de Cáncer

El Cáncer se proyecta como la enfermedad del Siglo XXI, estimándose que hacia el 2030, habrá 26.4 millones de nuevos casos, 17.1 millones de muertes por Cáncer y unas 80 millones de personas vivirán con la enfermedad. Se vislumbra que, no sólo los médicos oncólogos, sino los profesionales de las distintas especialidades médicas, serán quienes contribuyan de forma importante al manejo exitoso de los pacientes oncológicos, del acompañamiento a sus familias y la problemática en general.  
El IV Curso de Oncología y sus Nuevas Oportunidades organizado por MedicArte® se propone actualizar los conocimientos en torno a los procesos oncológicos, problemática cada vez más frecuentes en la práctica cotidiana de Atención Primaria, Hospitalaria y en la mayoría de clínicas del país.
Los contenidos y dinámica del Curso desde su primera versión en 2014, impactaron positivamente por lo que fue requerido, esta vez, por colegas de otras especialidades.
Como en sus 3 ediciones precedentes, Medicarte® quiere dar una visión realista de la problemática de las distintas patologías oncológicas al tiempo que facilitar el trabajo  los profesionales de la salud, quienes establecen el primer contacto con el pacientede modo que puedan lograr un óptimo y coordinado manejo, dentro de su centro de trabajo. 
Es importante que el paciente recientemente diagnosticado en la Atención Primaria sea rápida y adecuadamente orientado hacia el centro de salud, una vez que haya sido estudiado correctamente y pueda continuar su atención bajo el control de su médico de cabecera a través del programa de cuidados paliativos, una vez agotadas las posibilidades terapéuticas.
Evaluando correctamente los signos y síntomas, los médicos generales son el canal para asegurar una implementación de los programas de tamizaje en Cáncer, contribuyendo a aumentar la detección temprana, tarea que, sumada a una adecuada orientación hacia los centros de salud especializados, los convierte en  llave de articulación interdisciplinaria en su ámbito de desarrollo.
Como apreciarán, los contenidos del IV Curso, invitan también a sumar al personal de enfermería, técnicos, psicólogos, nutricionistas y demás actores involucrados en la atención de los pacientes con diagnóstico oncológico, favoreciendo la integración de sus conocimientos y sirviendo de marco conceptual para desarrollar un enfoque interdisciplinario, enfatizado en el manejo de la interconsulta como herramienta para alcanzar el abordaje integral del paciente.
Convencidos que el IV Curso Oncología y sus Nuevas Oportunidades, ayudará a mejorar la atención a los pacientes así como consolidar los conocimientos de los especialistas, beneficiados con los temas de rigor actual, incorporamos el módulo Biología del Cáncer, pensado también para que los oncólogos experimentados aporten sus experiencias de práctica diaria, a la vez que profundizar  los temas asociados a las causas de le enfermedad. Así, médicos generales, especialistas y oncólogos expertos compartirán en una misma dinámica, un espacio de discusión que favorezca la reducción de las brechas existentes. 
Creemos firmemente que aumentando y fortaleciendo las competencias de cada asistente, contribuiremos a aumentar el empoderamiento del paciente, su entorno familiar y comunitario. Genética y Cáncer hereditario, cerrarán el IV Curso  (24 y 25 de Noviembre) dando paso a las nuevas propuestas que esperamos recibir para el V Curso, proyectado para el 2018. 
En realización conjunta con Crystal Research, agencia integral, para la realización de Cursos y Congresos médicos, los invitamos a sumarse a este espacio educativo de excelencia, escenario de oportunidad, donde seguramente coincidiremos en acciones para promover  herramientas de prevención y lograr un Perú libre de Cáncer!  

miércoles, 22 de noviembre de 2017

Enfoque Regional con la conducción de Engels Ortiz

Estudiante muere al caer del octavo piso de pabellón en la UPAO

Trujillo en Línea.- Una estudiante de la Universidad Privada Antenor Orrego (UPAO) falleció luego de caer del octavo piso de uno de los pabellones de esa casa superior de estudios, informaron fuentes policiales.
El accidente se produjo hace unos instantes, al promediar las 5:15 de la tarde. Todavía se desconocen los detalles del lamentable hecho, pero todo sucedió en el pabellón 7 de la casa de estudios.
Se presume que se habría suicidado, y testigos afirman que se arrepintió y quiso cogerse de la baranda, pero no lo consiguió.
El cuerpo de la joven quedó tendido en el piso, sobre un charco de sangre. Todavía se desconoce su identidad.
Se conoció que de inmediato la joven fue evacuada a una clínica local,  pero murió en el trayecto. La universidad maneja el hecho en absoluta reserva y se restringió el ingreso a la institución. (Redacción Central)
Fuente: http://www.trujilloenlinea.pe/

ANUPP emite enérgico comunicado contra la ASUP



Universidad privada recibe licencia institucional de Sunedu

Con la UCH suman 22 las universidades que han recibido el licenciamiento para ofrecer educación superior universitaria.

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) otorgó el licenciamiento institucional para ofrecer el servicio educación superior a la Universidad de Ciencias y Humanidades (UCH), ubicada en el distrito de Los Olivos.

A través de la resolución del Consejo Directivo N° 071-2017-SUNEDU/CD, la superintendencia otorga la mencionada licencia por un periodo de seis años y reconoce a sus cinco programas existentes y dos de su nueva oferta académica.


La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) otorgó el licenciamiento institucional para ofrecer el servicio educación superior a la Universidad de Ciencias y Humanidades (UCH), ubicada en el distrito de Los Olivos.

A través de la resolución del Consejo Directivo N° 071-2017-SUNEDU/CD, la superintendencia otorga la mencionada licencia por un periodo de seis años y reconoce a sus cinco programas existentes y dos de su nueva oferta académica.

Fuente: El Comercio

miércoles, 15 de noviembre de 2017

Designan unidades formuladoras y a sus responsables en diversas Universidades Públicas del Sector Educación

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 633-2017-MINEDU

Lima, 14 de noviembre de 2017
Visto, el Expediente N° UPI.2017-INT-0198064 que contiene el Informe N° 0415-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica; y el Informe N° 1091-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, en adelante la Ley, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y se deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; quedando aprobado su Reglamento con Decreto Supremo N° 027-2017-EF, el cual fue modificado por Decreto Supremo N° 104-2017-EF y Decreto Supremo N° 248-2017-EF, en adelante el Reglamento;
Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley, establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, los Órganos Resolutivos (OR), las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local;
Que, según el numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento, para los fines del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las entidades y empresas públicas del Gobierno Nacional se agrupan en Sectores; en dicho contexto, la Directiva N° 001-2017-EF/63.01 “Directiva para la programación multianual en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63.01 y modificada por Resolución Directoral N° 004-2017-EF/63.01, en adelante la Directiva, en su Anexo 04: “Clasificador Institucional del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones” agrupa a las Entidades y Empresas por Sectores y niveles de gobierno, estableciéndose dentro de las entidades que conforman el Sector Educación, a las Universidades Públicas;
Que, el literal d) del artículo 6 del Reglamento, en concordancia con el literal d) del numeral 4.2 del artículo 4 de la Directiva, establecen como función del órgano resolutivo, designar al Responsable(s) de la(s) Unidad(es) Formuladora(s) de su Sector, quien debe cumplir con el perfil profesional establecido en el Anexo N° 02 de dicha Directiva: Perfil Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora;
Que, el literal h) del numeral 7.1 del artículo 67 del Reglamento, establece que es función de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, registrar a los órganos del Sector que realizarán funciones de UF y UEI, así como a sus Responsables en el aplicativo que disponga la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones;
Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 467-2017-MINEDU y N° 490-2017-MINEDU, se designó a las unidades formuladoras correspondientes a diversas universidades del Sector Educación y sus responsables, entre ellas, los responsables de las unidades formuladoras de la Universidad Nacional de Huancavelica y de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, respectivamente;
Que, a través del Informe N° 0415-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPI, el responsable de la OPMI del Sector Educación designado mediante Resolución Ministerial N° 291-2017-MINEDU, señala que de las solicitudes recibidas de las Universidades Públicas para la designación de unidades formuladoras y sus responsables, ha verificado que los profesionales propuestos por cuatro (4) Universidades Públicas, cumplen con el perfil profesional requerido por el Anexo N° 02 de la Directiva N° 001-2017-EF/63.01; asimismo, señala que las Unidades Orgánicas propuestas como UF, forman parte de la estructura organizativa de dichas universidades, siendo funcionalmente competentes para asumir dichas labores; en consecuencia otorga su conformidad y recomienda que los referidos órganos y profesionales propuestos sean designados por el Órgano Resolutivo del Sector, para lo cual adjunta el Formato N° 02 de cada una de las UF para su registro en el Banco de Inversiones;
Que, la OPMI en el informe citado en el considerando precedente, sustenta que los dos (2) profesionales propuestos para reemplazar a los responsables de las UF de la Universidad Nacional de Huancavelica y de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, cumplen con los requisitos para su designación por parte del Órgano Resolutivo, para lo cual adjunta el Formato N° 02 de cada una de ellos, para su registro en el Banco de Inversiones;
Con el visado del Viceministro de Gestión Institucional, del Viceministro de Gestión Pedagógica, de la Secretaria General, de la Jefa de la Unidad de Programación e Inversiones, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF, modificado por Decreto Supremo N° 104-2017-EF y Decreto Supremo N° 248-2017-EF; la Directiva N° 001-2017-EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63.01 y modificada por Resolución Directoral N° 004-2017-EF/63.01; y, el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a las unidades formuladoras y a sus responsables, de las cuatro (4) Universidades Públicas del Sector Educación, descritas en el Anexo N° 1 A que forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la designación de los responsables de las unidades formuladoras de la Universidad Nacional de Huancavelica y de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, efectuada mediante Resoluciones Ministeriales N° 467-2017-MINEDU y N° 490-2017-MINEDU, respectivamente.
Artículo 3.- Designar a los responsables de las unidades formuladoras de la Universidad Nacional de Huancavelica y de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, conforme se detalla en el Anexo N° 1 B que forma parte de la presente resolución.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, a fin de que proceda con el registro correspondiente en el Banco de Inversiones.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
IDEL VEXLER T.
Ministro de Educación
1586784-1

martes, 14 de noviembre de 2017

Sexys gemelas se toman fotos para pagar la universidad sin imaginar esta sorpresa

La inteligencia y la belleza no están peleadas, las gemelas Baessler son la prueba de ello. Como no tenían dinero para pagar la universidad, pero sí mucha sensualidad, decidieron ser modelos de Instagram, y de esta manera poder concluir sus estudios en leyes. Sigue leyendo esta interesante nota. Te invitamos a ver la galería.
Julia y Stephanie están inscritas en la Universidad de Viena, Austria, y les ha ido bastante bien, pues cada una tiene cerca de 200 mil seguidores en sus cuentas de Instagram.
Poseen una cuenta común, con poco más de 20 mil seguidores. Cada foto de Instagram que publican es una mejor que la anterior y esto deja ‘locos’ a todos sus nuevos fanáticos.
Vamos a ver sus fotografías, y estamos seguros que después de eso, ¡vas a querer mandarles dinero para que sigan estudiando toda su vida!
Fuente: Peru.com

lunes, 13 de noviembre de 2017

Sunedu da licenciamiento por seis años a Universidad Privada del Norte

En vista de que cumple con las condiciones básicas de calidad, según establece la normativa vigente, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) otorgó el licenciamiento institucional a la Universidad Privada del Norte (UPN). De este modo, dicha casa de estudios podrá ofrecer sus servicios durante los próximos seis años.
En la actualidad, la UPN tiene más de 56 mil estudiantes, que se distribuyen en 55 programas de estudio (37 de pregrado y 18 de posgrado).La universidad demostró que cuenta con 64 docentes que hacen investigación, pero Sunedu ha solicitado que el próximo año incremente la cantidad de proyectos.
Lorena Masías, jefa de la Sunedu, detalló que esta universidad es la primera de la región La Libertad que obtiene el licenciamiento. Precisó, sin embargo, que opera nueve locales a nivel nacional.
Con la UPN ya suman 21 las universidades que han concluido exitosamente el procedimiento de licenciamiento institucional. Sunedu remarcó que la evaluación de las universidades que aún no concluyen este proceso continuará durante el 2018.
Fuente: La Republica

martes, 7 de noviembre de 2017

Plantean ampliar a tres años más la prohibición para crear universidades

En manos del Congreso. A menos de dos meses de que termine la vigencia de la Ley de Moratoria, el parlamentario Vicente Zeballos ha presentado un proyecto para prorrogarla. La Sunedu respalda la iniciativa. Quedan cuatro semanas para discutirla.

Cuando solo falta mes y medio para que pierda vigencia la Ley de Moratoria, la cual prohíbe abrir nuevas universidades públicas y privadas, aparece un proyecto de ley que busca prorrogarla por tres años más.
Hasta el mes pasado, como lo había informado La República, no existía ninguna propuesta formal del Congreso, ni del Ministerio de Educación que busque ampliar la norma cuya vigencia de 5 años vence el próximo 22 de diciembre.
No obstante, la semana pasada, el congresista de Peruanos Por el Kambio, Vicente Zeballos, presentó un proyecto para ampliar por tres años la vigencia de la moratoria, lo que evitaría la creación de más casas de estudio, adicionales a las 142 ya existentes.
Según dicha iniciativa, la ampliación resulta necesaria debido a la gran oferta de la educación superior, el alto número de universidades (cuyo universo aún no garantiza las condiciones básicas de calidad), y porque, además, el proceso de licenciamiento de las nuevas universidades (de no haber prórroga) recién se iniciaría a mediados del 2018.
"El proceso de licenciamiento y la aplicación de la Ley Universitariaaún no ha concluido por las medidas judiciales en su contra y la escasa voluntad de algunas universidades. ¿Cómo podemos hablar de crear instituciones cuando ni siquiera se ha concluido con lo primero", señala Zeballos.
Lo cierto es que la iniciativa aparece cuando solo falta mes y medio para que se levante la moratoria, y se realicen 4 sesiones ordinarias de la Comisión de Educación antes de que el Congreso entre en receso. "Se le dará carácter prioritario según la presidenta de la comisión (Paloma Noceda)", manifiesta el autor del proyecto, quien forma parte del referido grupo de trabajo.

Contra el tiempo

El proyecto solo podría discutirse antes del 15 de diciembre. Por eso, en estas dos semanas, la Comisión de Educación debería recabar información técnica para que, luego, hacia la primera semana de diciembre, el dictamen pueda debatirse, votarse y pasar al Pleno.
Al respecto, fuentes de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) consideraron necesaria la prórroga en vista de que las universidades aún se encuentran a la mitad del proceso de licenciamiento, el cual continuará el próximo año. "Mientras no se termine de evaluar las condiciones básicas de calidad, no es prudente crear más universidades".
Otro mecanismo para que la iniciativa prospere sería exonerarla de la discusión en la comisión y que pase directamente al Pleno. Sin embargo, se necesitaría el consenso con otras bancadas.
Sobre esto último, el promotor de la Ley de Moratoria, Daniel Mora, indicó que el proyecto podría prosperar si la bancada fujimorista tuviera la voluntad de hacerlo. "Con su mayoría y el apoyo de otros grupos podría hacerse".

Proyectos opuestos

Sin embargo, solo en la primera mitad del año y pese a la moratoria vigente, congresistas de Fuerza Popular y del Frente Amplio han formulado siete iniciativas que plantean declarar "de necesidad pública e interés nacional" la creación de universidades, entre ellas la del congresista fujimorista Lucio Ávila, también miembro de la Comisión de Educación.
"(Guillermo) Bocángel y Lucio Ávila han sido rectores y han manifestado su oposición a la Ley Universitaria. Son dos opiniones, pero la comisión está integrada por 18 miembros. Existe posición mayoritaria para llevar el proyecto adelante", sostiene Zeballos.
Para el presidente de la Asociación Nacional de Universidades Públicas del Perú (ANUP), Jorge Alva, la ampliación de la moratoria debería superar, incluso, los 5 años. "No podemos dar la oportunidad para que las universidades-negocio sigan produciendo y estafando a la gente. Se necesita espacio para consolidar la Ley Universitaria", señaló el también rector de la UNI.
La decisión ahora está en manos del Congreso.

Otros puntos

- Filiales. El proyecto de ley 2073/2017 también propone autorizar la verificación de las condiciones básicas de calidad de todas las filiales u otros establecimientos de universidades creados hasta julio del 2017.
- Única. No hay otra iniciativa similar. Zeballos espera que el Ministerio de Educación se sume al proyecto.
Fuente: La Republica

MEF transfiere más de S/ 11 millones para aumento salarial en 34 universidades públicas

DECRETO SUPREMO

Nº 320-2017-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 96 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que las remuneraciones de los docentes de la universidad pública se establecen por categoría y su financiamiento proviene de las transferencias corrientes del tesoro público;
Que, el numeral 31.1 del artículo 31 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, exceptúa, entre otros, al Ministerio de Educación y a las Universidades Públicas durante el año fiscal 2017, de lo establecido en el artículo 6 y en el numeral 9.1 del artículo 9 de la referida Ley, según corresponda, para incrementar, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último, entre otros, lo señalado en el literal c) del citado numeral, referido al incremento de la remuneración de los Docentes Ordinarios de la Universidad Pública en el marco de la Ley N° 30220, Ley Universitaria;
Que, el numeral 31.2 del referido artículo 31, dispone que para efectos de lo señalado en el considerando precedente, se autoriza al Ministerio de Educación con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor, entre otros, de las Universidades Públicas, las cuales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último;
Que, mediante Decreto Supremo N° 103-2017-EF se aprueba el monto del incremento de la remuneración de los Docentes Ordinarios de la Universidad Pública en el marco de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, de las categorías principal, asociado y auxiliar a dedicación exclusiva o a tiempo completo; por un monto mensual de TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 300,00) para el docente ordinario de la categoría principal a dedicación exclusiva o a tiempo completo, y de NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 950,00) para los docentes ordinarios de las categorías auxiliar y asociado a dedicación exclusiva o a tiempo completo; asimismo, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de NOVENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS UNO Y 00/100 SOLES (S/ 93 915 601,00) a favor de treinta y nueve (39) pliegos Universidades Públicas, para financiar el citado incremento para el periodo de abril a diciembre del presente año;
Que, mediante Informe N° 198-2017-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación, sustenta y propone se efectúe una Transferencia de Partidas a favor de treinta y cuatro (34) pliegos Universidades Públicas a efectos de implementar el incremento de la remuneración de los docentes ordinarios de las universidades públicas que no fueron considerados en la Transferencia de Partidas autorizada por el Decreto Supremo N° 103-2017-EF;
Que, a través del Informe N° 610-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, ha informado que en el pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se han previsto recursos para financiar el incremento de la remuneración de los docentes universitarios ordinarios, así como para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de treinta y cuatro (34) pliegos Universidades Públicas; en virtud de lo cual a través del Oficio N° 02209-2017-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida Transferencia de Recursos;
Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, ha determinado el monto a transferir a los pliegos Universidades Públicas que asciende a la suma total de ONCE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES (S/ 11 152 821,00), para financiar el incremento de la remuneración de los Docentes Ordinarios de las Universidades Públicas;
Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por el monto de ONCE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES (S/ 11 152 821,00) a favor de treinta y cuatro (34) pliegos Universidades Públicas, para financiar el incremento de la remuneración de los Docentes Ordinarios de las Universidades Públicas;
De conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de ONCE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES (S/ 11 152 821,00) del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de treinta y cuatro (34) pliegos Universidades Públicas, para financiar el pago del incremento remunerativo al que se refiere el Decreto Supremo N° 103-2017-EF; conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 010 : Ministerio de Educación
UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para
Todos
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 921 450,00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000668 : Desarrollo de la Educación Técnica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 10 231 371,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 11 152 821,00
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A LA: En Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGOS : Universidades Públicas
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0066 : Formación Universitaria de
Pregrado
PRODUCTO 3000784 : Docentes con Adecuadas
Competencias
ACTIVIDAD 5005857 : Ejercicio de la Docencia
Universitaria
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 11 152 821,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 11 152 821,00
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1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo, y los montos de transferencia por pliego, así como las respectivas codificaciones, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas para financiar el incremento de la remuneración mensual de los docentes universitarios ordinarios que no fueron incluidos en el Decreto Supremo N° 103-2017-EF”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional
2.1 Los Titulares de los pliegos, habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Del refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Primer Vicepresidente de la República
Encargado del Despacho de la Presidencia de la
República
CLAUDIA MARÍA COOPER FORT
Ministra de Economía y Finanzas
IDEL ALFONSO VEXLER TALLEDO
Ministro de Educación
1583969-2